Todas las personas naturales y jurídicas pueden participar en el Sistema de Divisas de Tipo de Cambio Complementario Flotante de Mercado (DICOM).
¿Qué necesitas?
Montos de Participación
Las subastas de divisas serán convocadas de acuerdo al cronograma que establezca Banco Central de Venezuela (BCV).
1. ¿Quiénes podrán participar en las subastas?
Podrán participar en las Subastas del Sistema de Divisas de Tipo de Cambio Complementario Flotante de Mercado (DICOM) las personas naturales y jurídicas del sector privado que deseen presentar sus posturas de oferta y demanda de divisas. Los compradores y vendedores de divisas harán sus posturas de demandas y ofertas mediante la página web www.dicom.gob.ve.
Toda persona natural o jurídica que desee participar en la subasta de divisas, deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Las personas naturales o jurídicas podrán efectuar su postura, de compra o venta de divisas, a través de la página web www.dicom.gob.ve en cualquier momento; para lo cual deberán indicar la fecha hasta la cual desean que permanezca vigente, cuyo plazo no podrá ser menor a siete (7) días ni exceder de treinta (30) días continuos.
Las subastas de divisas serán convocadas de acuerdo al cronograma que establezca Banco Central de Venezuela (BCV).
Las Subastas funcionarán dentro de un sistema de bandas móviles que fluctuarán entre un límite inferior y otro superior, éstas serán monitoreadas y anunciadas por el Banco Central de Venezuela (BCV).
El valor que pagará cada demandante de divisas será equivalente a la propuesta que haya realizado para adquirirlas, independientemente del tipo de cambio que resulte.
En cada convocatoria se indicará la cantidad mínima por postura de demanda y oferta que será canalizada a través del Sistema DICOM.
La postura mínima será establecida en cada Convocatoria de las Subastas, mientras que la postura máxima de demanda de divisas para personas naturales es USD 500 por trimestre calendario.
La postura mínima será establecida en cada Convocatoria de las Subastas, mientras que la postura máxima de demanda de divisas para personas jurídicas es el equivalente al 30% de su ingreso bruto promedio mensual actualizado declarado en el Impuesto Sobre La Renta en el ejercicio fiscal inmediatamente anterior, hasta un monto máximo equivalente a USD 400.000.
Las posturas adjudicadas en las Subastas serán liquidadas por el BCV en las cuentas locales en moneda extranjera correspondiente al Convenio Cambiario No. 20, a través de los Operadores Cambiarios autorizados, en la fecha valor indicada en su respectiva Convocatoria.
El BCV publicará en su página web, así como en la página del DICOM, los resultados correspondientes a cada Subasta realizada, previendo las personas naturales y jurídicas adjudicadas; las cantidades de divisas adjudicadas; y el tipo de cambio vigente conforme a la última Subasta.
Los Operadores Cambiarios Autorizados podrán cobrar hasta el 0,25 por ciento del monto en moneda nacional por las operaciones de compra de moneda extranjera que realicen con ocasión de su participación en las Subastas.
Es indispensable que el cliente tenga los fondos disponibles, así como la comisión bancaria del 0,25 por ciento cuando se trate de postura de demanda de divisas para la fecha y hora indicada.
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