CONVENIO DE PAGOS Y CRÉDITOS
RECÍPROCOS DE LA ALADI

¿Qué es el Convenio de Pagos y Créditos Recíprocos de la ALADI y qué objetivo persigue?

Es un convenio suscrito por los bancos centrales de los países miembros de la Asociación Latinoamericana de la Integración (ALADI), con la finalidad de facilitar la expansión del comercio recíproco de bienes entre los países miembros y de reducir los flujos internacionales de divisas.

Mediante el Convenio ALADI los actores de ese comercio intercambian bienes entre sí, con garantías de pago de los bancos centrales de los respectivos países, desembolsando o recibiendo, según sea el caso, el contravalor de sus monedas nacionales al tipo de cambio oficial frente al dólar.   

¿Cuáles son los países participantes?

Los signatarios del Convenio son los Bancos Centrales de Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, México, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.

¿Qué tipo de transacciones puede utilizarse bajo el Convenio?

En todas las transacciones comerciales entre los países miembros de la ALADI lo que abarca, además del intercambio de bienes, todos los servicios relacionados como fletes, seguros y servicios bancarios.

¿Qué medios de pago pueden utilizarse?

Se pueden utilizar instrumentos como: órdenes de pago documentarías, cartas de crédito comerciales y letras de cambio avaladas por instituciones bancarias autorizadas.

Recomendamos a nuestros clientes verificar con nuestros Especialistas acerca de las regulaciones vigentes de cada banco central involucrado.

¿Qué tipo de operaciones no pueden ser canalizadas por el Convenio ALADI?

El Banco Central de Venezuela no permite triangular operaciones con países o bancos fuera del Convenio, ni cursar operaciones financieras puras, es decir pagos no asociados al comercio de bienes. Tampoco se puede dar curso a cartas de crédito stand by, ni a cartas de crédito con cláusula roja.

¿Cuáles son las ventajas para los Importadores y Exportadores al canalizar sus operaciones bajo el Convenio ALADI?

En virtud del rol de garantes que asumen los bancos centrales, de conformidad con lo estipulado en el Convenio, los riesgos políticos y de crédito que son propios en todo proceso de exportación, son asumidos por los bancos centrales de los países involucrados en la operación. Esto facilita al exportador la administración de los niveles de riesgo que asume, dándole la posibilidad de ampliar su cartera de clientes y de incrementar su negocio de exportación.

Los productos deben estar amparados con su respectivo certificado de origen emitido por una autoridad competente en el país miembro a partir del cual se origina la exportación, además de la debida Autorización de Asignación de Divisas (AAD). No se requiere de la Autorización de Liquidación de Divisas (ALD) pero los bienes a ser exportados a Venezuela deben ajustarse a las regulaciones del Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX) y a los lineamientos de Ejecutivo Nacional en cuanto a política comercial.

¿Por qué realizar sus transacciones bajo convenio ALADI con el apoyo y asesoría de Mercantil?

Mercantil es el mayor y más experimentado conductor de transacciones comerciales bajo el convenio ALADI en Venezuela.

Dependiendo de las regulaciones particulares del país donde se encuentre la contraparte comercial, a Mercantil puede utilizar los distintos instrumentos de pago autorizados en el Convenio.

Para más información comuníquese con la Gerencia de Comercio Exterior o con la Gerencia de Control de Cambios, donde gustosamente uno de nuestros ejecutivos lo atenderá.

Gerencia de Comercio Exterior
Av. Andrés Bello, Edificio Mercantil, Piso 31, San Bernardino, Caracas.
Teléfono: 58.212.503.1216 / 1893 / 1894. ó a través del correo electrónico
comercioexterior@bancomercantil.com

Gerencia de Operaciones Internacionales
Av. Andrés Bello, Edificio Mercantil, San Bernardino, Caracas.
Teléfono: 58.212.503.2918