La Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) establece las disposiciones especiales para el control de divisas destinadas a las operaciones de reaseguros, retrocesiones, seguros de crédito a las exportaciones financiados por el Banco de Comercio Exterior, así como el pago prestado por empresas administradoras de siniestros de salud en el exterior.
Beneficios
Mercantil Banco Universal es el intermediario entre el cliente y CADIVI a fin de apoyar la gestión correspondiente al otorgamiento de sus divisas.
Requisitos
El solicitante deberá inscribirse en el Registro de Usuarios del Sistema de Administración de Divisas (RUSAD). A tal efecto, presentará ante Mercantil Banco Universal la planilla obtenida por medios electrónicos acompañada por los recaudos que presenta la providencia Seguros y Reaseguros. Para este caso encontrará la información necesaria en la página Web de CADIVI, en el enlace www.cencoex.gob.ve (ver normativa / providencias).
Requisitos para el pago de saldos a favor de reaseguradores y de retrocesionarios por reaseguro facultativo:
- Copia de la póliza.
- Copia de la nota de cobertura o del contrato.
- Copia de la cesión de reaseguro o de retrocesión.
- Copia de la certificación de participación en dicha operación por parte del reasegurador o retrocesionario.
- Original de la Opinión Técnica emanada de la Superintendencia de Seguros correspondiente a la operación.
Requisitos para el pago de saldos a favor de reaseguradores o de retrocesionarios en contratos proporcionales:
- Copia del contrato y anexos.
- Copia de la(s) cuenta(s) técnica(s) del período que involucra el pago.
- Copia de la certificación de participación en dicha operación por parte del reasegurador o retrocesionario.
- Original de la Opinión Técnica emanada de la Superintendencia de Seguros correspondientes a la operación.
Requisitos para el pago de prima de depósito, ajuste de prima o prima de reinstalación en contratos no proporcionales:
- Copia del contrato y sus anexos o de la nota de cobertura.
- Copia de la certificación de participación en dicha operación por parte del reasegurador o retrocesionario.
- Copia de la confirmación del pago por parte del reasegurador o retrocesionario.
- Original de la Opinión Técnica emanada de la Superintendencia de Seguros correspondientes a la operación.
Requisitos para el pago de siniestros por parte de empresas de seguros y de reaseguros, que actúen como reaseguradores o retrocesionarios, en contratos no proporcionales celebrados con aseguradores extranjeros:
- Copia del contrato y anexos o copia de la nota de cobertura.
- Copia de la certificación de participación de dicha operación por parte del asegurador extranjero.
- Copia del expediente del siniestro y confirmación del pago por parte del asegurador extranjero.
- Original de la Opinión Técnica emanada de la Superintendencia de Seguros correspondiente a la operación.
Requisitos para el pago a las compañías administradoras de siniestros de salud en el exterior:
- Copia del contrato y sus anexos.
- Copia de la certificación de la deuda por parte de la administradora de siniestros de salud.
- Original de la Opinión Técnica emanada de la Superintendencia de Seguros correspondientes a la operación.
Para la tramitación a través de Mercantil Banco Universal, deberán entregarse a los Asesores Autorizados los recaudos indicados en la Providencia, en las Oficinas Autorizadas para la recepción de recaudos y liquidación de divisas para:
Contacto para mayor Información
Para mayor información usted podrá dirigirse a las Oficinas Autorizadas para la recepción de recaudos y liquidación de divisas para:
O si lo desea puede comunicarse a través del teléfono 0212-503-2855/2888, de igual manera puede escribir al correo controldecambio@bancomercantil.com o visitarnos en nuestra sede principal en Caracas en la Gerencia de Operaciones Internacionales.
Sugerimos siempre consultar la versión actualizada de esta Providencia, accediendo a www.cencoex.gob.ve