1. ¿Qué es la Cuenta Especial en Moneda Extranjera para Personas Jurídicas?
Es una cuenta corriente no remunerada para depositar los dólares (USD) provenientes de las operaciones realizadas mediante el Sistema de Divisas de Tipo de Cambio Complementario Flotante de Mercado (Sistema DICOM), del pago de cupones y capital producto de la adquisición de títulos obtenidos a través del Sistema de Colocación Primaria de Títulos en Moneda Extranjera (SICOTME), así como de las operaciones del mercado cambiario autorizados por la normativa vigente y habilitados por Mercantil Banco.
No genera intereses e instrumentos de movilización (chequeras).
No se requiere monto de apertura.
Aplica sólo para personas jurídicas domiciliadas en el territorio nacional. Las cuentas especiales en moneda extranjera, no contarán con chequeras y las mismas se abrirán de acuerdo al régimen de firmantes autorizados por la documentación legal presentada por la empresa.
2. Soy Cliente Jurídico de Mercantil Banco, ¿Cuáles son los requisitos para abrir la Cuenta Especial en Moneda Extranjera para Personas Jurídicas?
Para tramitar la apertura de Cuenta Especial en Moneda extranjera consigne los siguientes recaudos haga clic aquí
3. No soy cliente Jurídico de Mercantil Banco, ¿Cuáles son los requisitos para abrir la Cuenta Especial en Moneda Extranjera para Persona Jurídica?
Abrir una Cuenta Corriente en Bolívares en Mercantil Banco, dicha cuenta debe contar con una antigüedad no menor a seis (6) meses y para tramitar su apertura consigne los siguientes recaudos haga clic aquí
4. ¿Quiénes aplican para abrir la Cuenta Especial en Moneda Extranjera para Personas Jurídicas?
Aplican únicamente Personas Jurídicas domiciliadas en el territorio nacional.
5. ¿Qué operaciones se podrán realizar?
Una vez que hayan sido liquidados los fondos en la Cuenta Especial en Moneda Extranjera, provenientes de las operaciones del Sistema de Divisas de Tipo de Cambio Complementario Flotante de Mercado (DICOM), del pago de cupones y capital de bonos producto de la adquisición de títulos obtenidos a través del Sistema de Colocación Primaria de Titulos en Moneda Extranjera (SICOTME), así como de las operaciones del mercado cambiario autorizados por la normativa vigente y habilitados por Mercantil Banco, se podrán realizar consultas de movimientos, y transferencias de fondos a cuentas que el mismo titular, posea en bancos nacionales e internacionales.
Para solicitar transferencia de fondos en cualquiera de nuestras oficinas, debe consignar el formulario Transferencias Internacionales del Cliente Ordenante PN PJ, el cual debe ser completado en computadora y firmado por el cliente solicitante. Para descargarlo haga clic aquí.
Importante
No se emitirán chequeras para girar sobre los fondos en divisas depositados en la Cuenta Especial en Moneda Extranjera..
6. ¿Cuáles son las comisiones de la Cuenta Especial en Moneda Extranjera para Personas Jurídicas?
Las tarifas y comisiones aplicadas a la Cuenta Especial en Moneda Extranjera las puede consultar en nuestra página web www.mercantilbanco.com en la sección “Tarifas y Comisiones”.
7. ¿Cuál será el monto mínimo de apertura de la Cuenta Especial en Moneda Extranjera para Personas Jurídicas?
No se requiere monto mínimo de apertura, debido a que los fondos provienen fundamentalmente de los dólares (USD) que se obtengan a través de los sistemas de adquisición de divisa DICOM.
8. Poseo una Cuenta Especial en Moneda Extranjera en otro banco nacional, ¿puedo realizar transferencias a otros bancos nacionales y recibir transferencias a mí cuenta Mercantil Banco?
Actualmente, se pueden realizar transferencias desde la Cuenta Especial en Moneda Extranjera Mercantil hacia cuentas del mismo titular en otros bancos nacionales e internacionales.
Además, se permite la recepción de fondos provenientes de:
- Transferencias recibidas desde cuentas de bancos nacionales e internacionales del mismo titular.
- El pago de cupones y capital de bonos producto de la adquisición de títulos obtenidos a través del Sistema de Colocación Primaria de Títulos en Moneda Extranjera (SICOTME)
- De las operaciones del mercado cambiario autorizados por la normativa vigente y habilitados por Mercantil Banco.