CUENTA ESPECIAL EN MONEDA EXTRANJERA
Disfrute de la ventaja de tener la Cuenta Especial en Moneda Extranjera con pocos requisitos

Es una cuenta corriente no remunerada para depositar los dólares (USD) provenientes de las operaciones realizadas mediante el Sistema de Divisas de Tipo de Cambio Complementario Flotante de Mercado (DICOM), del pago de cupones y capital  producto de la adquisición de títulos obtenidos a través del Sistema de Colocación Primaria de Títulos en Moneda Extranjera (SICOTME) y de las operaciones del mercado cambiario autorizados por la normativa vigente y habilitados por Mercantil Banco

Características

Esta cuenta está dirigida a personas jurídicas, domiciliadas en el territorio nacional.

  • Cuenta Corriente no remunerada, que no genera instrumentos de movilización (chequeras).
  • Sin monto mínimo de apertura.
  • No admite transacciones de depósito / retiro en efectivo, ni cheques.
  • Admite fondos provenientes de las operaciones realizadas a mediante el Sistema de Divisas de Tipo de Cambio Complementario Flotante de Mercado (DICOM), del pago de cupones y capital producto de la adquisición de títulos obtenidos a través del Sistema de Colocación Primaria de Títulos en Moneda Extranjera (SICOTME) y de las operaciones del mercado cambiario autorizados por la normativa vigente y habilitados por Mercantil Banco.
  • Permite realizar consultas de saldo y transferencia de fondos solo a una cuenta de la misma empresa en bancos nacionales e internacionales.

Sólo se recibirán solicitudes de transferencia a través de las oficinas autorizadas para la recepción de recaudos y liquidación de dólares en efectivo. Para ver el listado de estas oficinas haga clic aquí.

Para solicitar transferencia de fondos en las oficinas autorizadas, debe consignar el formulario Transferencias Internacionales del Cliente Ordenante PN– PJ, el cual debe ser completado en computadora y firmado por el cliente solicitante. Para descargarlo haga clic aquí.

Beneficios

  • Dispone de nuestra amplia red de oficinas.
  • Solidez y respaldo financiero de una institución confiable y de larga trayectoria en el país.
  • Disfrute del abanico de servicios bancarios que ofrece Mercantil a sus clientes.

Recomendaciones para Solicitar Transferencia por Taquilla

    a. La transferencia de los fondos depositados en la Cuenta Especial en Moneda Extranjera sólo aplica a cuentas del mismo Titular en bancos nacionales e internacionales.

    b. Tener registrada sus instrucciones de transferencia de fondos en la Cuenta de Valores Mercantil (ficha MBU). En caso de no tenerlas registradas diríjase a la oficina de su preferencia con un Representante de Ventas.

    c. Validar que su cuenta en el exterior se encuentre activa.

    d. Validar que los fondos a transferir se encuentren disponibles en su Cuenta Especial en Moneda Extranjera, consultando el saldo a través de Mercantil en Línea en la posición consolidada, ó a través del Centro de Atención Mercantil y su Sistema Automatizado a través del (0212) 503.25.15, (0212) 600.25.15 o (0-501) 503.25.15. Ver comisiones en la sección Tarifas y Comisiones.

    e. Completar en computadora todos los datos solicitados en la planilla “Transferencias Internacionales del Cliente Ordenante PN– PJ” y consignarla en la taquilla al momento de solicitar la transferencia.

    f. Las transferencias internacionales enviadas desde la Cuenta Especial en Moneda Extranjera a América tienen una comisión de USD 25,00 y a Europa y el resto del mundo de USD 35,00 , dichas comisiones serán deducidas del monto total indicado a transferir de acuerdo con las Tarifas y Comisiones aprobadas por el BCV. Aplica igualmente en los casos que deba efectuarse el reenvío o retransmisión de la transferencia por errores u omisiones atribuibles al ordenante. Así mismo, los bancos en el exterior podrían aplicar comisiones, tarifas o recargos en ocasión de las transacciones ejecutadas.
    Nota: Las transferencias de fondos desde la Cuenta Especial en Moneda Extranjera, están sujetas al cobro de comisiones para el momento en que éstas se ejecuten, dichas comisiones serán deducidas del monto total indicado por usted y están previstas en la sección de Tarifas y Comisiones que mantiene Mercantil C.A., Banco Universal a disposición del público en general en todas las oficinas y sucursales, así como en su página web (www.mercantilbanco.com), o aquella que la sustituya de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. Asimismo, también se deducirán de este monto aquellas comisiones generadas por devoluciones asociadas a instrucciones de pagos erradas, las cuales son cobradas por los Bancos Corresponsales o Beneficiarios.


    1. ¿Qué es la Cuenta Especial en Moneda Extranjera para Personas Jurídicas?

    Es una cuenta corriente no remunerada para depositar los dólares (USD) provenientes de las operaciones realizadas mediante el Sistema de Divisas de Tipo de Cambio Complementario Flotante de Mercado (Sistema DICOM), del pago de cupones y capital producto de la adquisición de títulos obtenidos a través del Sistema de Colocación Primaria de Títulos en Moneda Extranjera (SICOTME), así como de las operaciones del mercado cambiario autorizados por la normativa vigente y habilitados por Mercantil Banco.
    No genera intereses e instrumentos de movilización (chequeras).
    No se requiere monto de apertura.
    Aplica sólo para personas jurídicas domiciliadas en el territorio nacional. Las cuentas especiales en moneda extranjera, no contarán con chequeras y las mismas se abrirán de acuerdo al régimen de firmantes autorizados por la documentación legal presentada por la empresa.

    2. Soy Cliente Jurídico de Mercantil Banco, ¿Cuáles son los requisitos para abrir la Cuenta Especial en Moneda Extranjera para Personas Jurídicas?

    Para tramitar la apertura de Cuenta Especial en Moneda extranjera consigne los siguientes recaudos haga clic aquí

    3. No soy cliente Jurídico de Mercantil Banco, ¿Cuáles son los requisitos para abrir la Cuenta Especial en Moneda Extranjera para Persona Jurídica?

    Abrir una Cuenta Corriente en Bolívares en Mercantil Banco, dicha cuenta debe contar con una antigüedad no menor a seis (6) meses y para tramitar su apertura consigne los siguientes recaudos haga clic aquí


    4. ¿Quiénes aplican para abrir la Cuenta Especial en Moneda Extranjera para Personas Jurídicas?

    Aplican únicamente Personas Jurídicas domiciliadas en el territorio nacional.

    5. ¿Qué operaciones se podrán realizar?

    Una vez que hayan sido liquidados los fondos en la Cuenta Especial en Moneda Extranjera, provenientes de las operaciones del Sistema de Divisas de Tipo de Cambio Complementario Flotante de Mercado (DICOM), del pago de cupones y capital de bonos producto de la adquisición de títulos obtenidos a través del Sistema de Colocación Primaria de Titulos en Moneda Extranjera (SICOTME), así como de las operaciones del mercado cambiario autorizados por la normativa vigente y habilitados por Mercantil Banco, se podrán realizar consultas de movimientos, y transferencias de fondos a cuentas que el mismo titular, posea en bancos nacionales e internacionales.

    •Para solicitar transferencia de fondos en cualquiera de nuestras oficinas, debe consignar el formulario Transferencias Internacionales del Cliente Ordenante PN– PJ, el cual debe ser completado en computadora y firmado por el cliente solicitante. Para descargarlo haga clic aquí.

    Importante
    No se emitirán chequeras para girar sobre los fondos en divisas depositados en la Cuenta Especial en Moneda Extranjera..

    6. ¿Cuáles son las comisiones de la Cuenta Especial en Moneda Extranjera para Personas Jurídicas?

    Las tarifas y comisiones aplicadas a la Cuenta Especial en Moneda Extranjera las puede consultar en nuestra página web www.mercantilbanco.com en la sección “Tarifas y Comisiones”.

    7. ¿Cuál será el monto mínimo de apertura de la Cuenta Especial en Moneda Extranjera para Personas Jurídicas?

    No se requiere monto mínimo de apertura, debido a que los fondos provienen fundamentalmente de los dólares (USD) que se obtengan a través de los sistemas de adquisición de divisa DICOM.

    8. Poseo una Cuenta Especial en Moneda Extranjera en otro banco nacional, ¿puedo realizar transferencias a otros bancos nacionales y recibir transferencias a mí cuenta Mercantil Banco?

    Actualmente, se pueden realizar transferencias desde la Cuenta Especial en Moneda Extranjera Mercantil hacia cuentas del mismo titular en otros bancos nacionales e internacionales.

    Además, se permite la recepción de fondos provenientes de:

    • Transferencias recibidas desde cuentas de bancos nacionales e internacionales del mismo titular.
    • El pago de cupones y capital de bonos producto de la adquisición de títulos obtenidos a través del Sistema de Colocación Primaria de Títulos en Moneda Extranjera (SICOTME)
    • De las operaciones del mercado cambiario autorizados por la normativa vigente y habilitados por Mercantil Banco.


 

Para más información

    Escríbanos a
    mercantilempresas@bancomercantil.com


       
    Llámenos al
    (0212) 503.25.15

Mercantil, impulsa tu mundo

 

Consulta los intereses, tarifas, comisiones y cargos aplicados a este producto en las secciones Tasas(*) y Tarifas y Comisiones(*).
(*) Sujetas a ajustes por decisión del BCV.