LIBERACIÓN DE HIPOTECA VIVIENDA PRINCIPAL
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En esta sección encontrará los requisitos y recaudos necesarios para tramitar el borrador o documento definitivo de liberación de hipoteca para Vivienda Principal.


  1. Planilla de solicitud con todos los datos requeridos, elaborada con bolígrafo azul o negro (sin enmiendas ni tachaduras) haga clic aquí para descargar la planilla de solicitud.
  2. Fotocopia de la cédula de identidad del(os) deudor(es) hipotecario(s) Vigente.
  3. Fotocopia del registro de información fiscal (R.I.F) del(os) deudor(es) hipotecario(s). Vigente.
  4. Fotocopia del documento de constitución de hipoteca del inmueble a liberar debidamente registrado. Legible.
  5. Fotocopia de la cédula catastral del inmueble a liberar. Vigente.
  6. Carta de autorización o fotocopia de poder notariado y copia de la cédula de identidad, cuando el solicitante del trámite no es el deudor hipotecario.
  7. Estados de cuenta del ahorro habitacional del(os) deudor(es) hipotecarios: por cada mes de vigencia del crédito (desde el mes siguiente a la fecha de protocolización del crédito y hasta la fecha de cancelación del mismo) se debe contar con un aporte FAOV respectivamente, de lo contrario, debe dirigirse a la sede del Banco Nacional de Vivienda y Habitat (BANAVIH) más cerca donde recibirá las instrucciones correspondientes para regularizar los pagos.
  8. Si el Inmueble a liberar se otorgó con recursos provenientes del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda o el Fondo de Ahorro Voluntario para la Vivienda (FAOV/FAOVV), debe:

    Consigna con el resto de los recaudos, el original legible del deposito, realizado a BANAVIH en la cuenta corriente nro. 0102-0552-2100-0003-6906 del Banco de Venezuela, a nombre de Banco nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH), correspondiente al pago por concepto de Liberación de hipoteca y visto bueno por un monto de 1.5 Petros, el cual deberá ser depositado su equivalente en bolívares) en la cuenta antes indicada, según la tasa establecida por el Banco Central de Venezuela (BCV), como se indica en la comunicación emitida por el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat , nro. PRE/CJ/O/2022/079 DE FECHA 28 DE ENERO DE 2022.
    Coloca a mano en el reverso de la planilla de depósito (original), la cedula de identidad y nombre del titular del crédito. (debes quedarte con una copia del depósito como soporte de que realizó el pago).
     
    Nota: Para la equivalencia de Petros a Bolívares, debe guiarse por la tasa establecida por el Banco Central de Venezuela (BCV) del día "ANTES" al que consignará el Documento para su Visto Bueno en BANAVIH.
  • En caso de que el(os) deudor(es) hipotecario(s) sean trabajador(es) independiente(s) deberá(n) descargar de la página WEB: www.banavih.gob.ve los estados de cuenta de los aportes del ahorro.
  • Si el inmueble a liberar se otorgó con recursos provenientes del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda o el Fondo de Ahorro Voluntario para la Vivienda (FAOV/FAVV) y fue objeto de una cesión de derechos, debe presentar copia de la carta de autorización del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH).
  • En caso de fallecimiento del deudor debe presentar: fotocopia de la declaración sucesoral o del documento de declaración de único y universal heredero.
  • En caso de que el(os) deudor(es) hipotecario(s) sean trabajador(es) dependiente(s) el patrono debe facilitarle los estados de cuenta de los aportes al ahorro habitacional y si los mismos no están completos deberá(n) gestionarlo(s) directamente con la empresa y en caso de que ésta no realice los pagos correspondientes debe presentar : la planilla de denuncia al patrono por incumplimiento de aportes al FAOV en original (firmada y sellada) realizada ante el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH), constancia de trabajo en original y comprobantes de pago de sueldo de los últimos tres (3) meses.
  • En caso del deudor hipotecario, al momento de constituir el crédito, presentaba estado civil “casado(a)”, debe consignar los siguientes documentos del cónyuge:
    • Cédula de identidad.
    • Registro de información fiscal RIF vigente.
  • Una vez es entregado el documento de liberación:

    • Presentar el documento de liberación para su firma en el registro/ notaria correspondiente. El mismo debe ser firmado en un periodo no mayor a treinta (30) días contados a partir de su entrega.
    • Tenga presente, que el apoderado Mercantil designado para su firma, lo contactará y dará las instrucciones correspondientes al trámite.
    • “El documento será entregado visado por banavih, deberá llevarlo al registro respectivo”.

Consideraciones de Ley

Gaceta Oficial N° 39.775 publicada el día 10 de Octubre de 2011. Artículo 8.

En aquellos casos en que el solicitante ingrese al sistema como ahorrista voluntario y posteriormente se constituya como ahorrista obligatorio, si es beneficiario de un crédito para vivienda principal deberá continuar aportando al Fondo de ahorro voluntario durante un lapso de 12 meses.

La cuenta perteneciente al fondo de ahorro voluntario solo permanecerá activa si el aportante continua cancelando el aporte correspondiente, de lo contrario dicha cuenta será suspendida, pudiendo ser reactivada de conformidad con los parámetros que le indique el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat.

Es obligación del aportante continuar efectuando sus cotizaciones independientemente del fondo de ahorro al cual coticen. Esta obligación subsiste durante toda la vida del crédito si este fuere aprobado, en caso de incumplimiento el beneficiario, perderá todos los beneficios del Sistema y será sancionado conforme al Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat.

Para más información

    Escríbenos a
    mercan24@bancomercantil.com


    Llámanos al
    (0212) 503.24.24 - (0212) 600.24.24

 


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